CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, CUARTA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DECLARA IMPROCEDENTE INSCRIPCIÓN DEL SITRELL - Sutep La Libertad

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, CUARTA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DECLARA IMPROCEDENTE INSCRIPCIÓN DEL SITRELL

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD, CUARTA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DECLARA IMPROCEDENTE INSCRIPCIÓN DEL SITRELL

Frente a la irregular inscripción del SITRELL anteriormente autodenominado SUTER en el ROSSP, el SUTEP La Libertad hizo una demanda, con el Asesor Legal del SUTEP el Dr. Luis Heredia Clavo; al respecto, la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD resuelve que el Ministerio de Trabajo revise y rectifique este hecho irregular.

1.     El 03 de octubre de 2022, la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD declara fundada la demanda del SUTEP La Libertad y ordena a la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, proceda de acuerdo a lo establecido en la Ley que crea el registro de organizaciones sindicales de servidores públicos aprobado por Decreto Supremo N° 003-2024-TR y la Directiva N° 001-2024-DNTR que establece los lineamientos para la inscripción de organizaciones sindicales ante el registro de organizaciones sindicales de servidores públicos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ROSSP.

2.     El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 27 de enero de 2023, resuelve tenerse por modificada la denominación del Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación Región La Libertad – SUTER La Libertad, al cual en adelante se denominará: Sindicato de Trabajadores en la Educación La Libertad – SITRELL.

3.     La CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD señala que al adjuntarse la copia del estatuto, se puede observar que no se ha cumplido con el procedimiento establecido en la Directiva N° 001-2004-DNTR (en su numeral 2.3), asimismo, en el padrón se han consignado afiliados del SUTER, generándose muestra de mala fe, y además obran nombres de docentes fallecidos; por lo tanto, el sindicato litisconsorte no ha cumplido en estricto con el procedimiento administrativo, que consta de 4 requisitos formales; empero a ello, solo fundamenta de manera general que se cumplió con el mandato porque se resolvió “tener por modificada la denominación”.

4.     La CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD resuelve : “DISPONEMOS que la Juez de primera instancia vuelva a emitir pronunciamiento dando respuesta integral a las observaciones formuladas por la parte demandante ello conforme a derecho”,  debiendo cumplir la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo con emitir nuevo pronunciamiento dando respuesta de manera integral a la observación formulada por la parte demandante.

5.     Así mismo, el SUTEP La Libertad, ha realizado una denuncia penal al SITRELL ante la Fiscalía de La Libertad, debido a que tendrían una actitud mafiosa, al presentar documentos falsificados, para usurpar ilegalmente la representación sindical de los maestros liberteños, la cual está pendiente de un fallo y sanción a los responsables.

 

                                                                          Trujillo, 16 de agosto del 2025.


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